Micelio
Auto6 de marzo de 2013

A- de 2013

Ponente Alexei Egor Julio Estrada

Demandante Jesus Argel Montagut Sanchez

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad Frente Al Codigo Sustantivo Del Trabajo
  • Conceder recurso de súplica por corrección presentada en término
  • Recurso de súplica
Recurso De Suplica
  • Procedencia contra auto que rechaza demanda
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de Súplica interpuesto contra el auto del 7 de febrero de 2013, proferido por el Magistrado Jorge Ignacio Pretelt Chaljub y mediante el cual se rechazó la demanda de la referencia bajo el argumento de que el escrito de corrección se presentó fuera de término.

La Sala Plena verificó que el envío y la recepción de la comunicación mediante la cual se hizo la corrección de la demanda solicitada, se realizó dentro del término establecido y de manera consecuente decidió CONCEDER el recurso de súplica y ordenar el envío del expediente al Despacho del Magistrado Pretelt, para que dé trámite al precitado escrito de corrección.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONCEDER el recurso de suplica presentado por el senor Jesus Argel Montagut Sanchez, contra el Auto proferido el siete (7) de febrero de dos mil trece (2013) por el Magistrado Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, mediante el cual se rechazo la demanda de la referencia, por las razones expuestas.
  2. Segundo. REMITIR el expediente al Magistrado Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, para que, teniendo en consideracion que el escrito de correccion de la demanda fue allegado en tiempo, de a este el tramite correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.